El gobierno panameño publicó el martes 10 de enero el Decreto Ejecutivo 590 que reduce el plazo de las visas para extranjeros en ese país por parte del Servicio Nacional de Migración.
A través del documento, el Ministerio de Seguridad redujo a un máximo de 90 días el plazo de las visas de turismo para los extranjeros que soliciten el documento a las autoridades migratorias.
De igual forma se rebajó a seis meses la vigencia del documento para quienes solicitan visas dentro de las categorías y subcategorías migratorias Residentes Temporales y Residentes Permanentes.
Previo al decreto, los extranjeros que solicitaban las visas de Residentes Temporales y Residentes Permanentes se les otorgaba un carnet de identificación provisional por el término de un año a partir de la presentación de la solicitud.
En la publicación no queda claro si este decreto afecta a los venezolanos y colombianos que viajan a Panamá en calidad de turistas, ya que a estas dos nacionalidades no les exigen visa para entrar al territorio panameño.
El decreto se refiere específicamente a la expedición de visas de turismo que los venezolanos y colombianos no necesitan solicitar, así como el resto de países que no necesitan el requisito para ingresar al país.
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