Modificaciones en el RIF y Facturación: Nuevas Medidas del Seniat
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) ha implementado una simplificación significativa en los trámites tributarios. Estas medidas fueron oficializadas mediante la Providencia Administrativa SNAT/2026/00080, publicada en la Gaceta Oficial N.° 43.435 del 12 de agosto de 2026.
Principales Cambios
- Eliminación de la fecha de vencimiento del RIF: El documento ahora tiene vigencia indefinida. Los contribuyentes ya no deberán realizar procesos de renovación por vencimiento.
- Eliminación de la homologación de sistemas de facturación: Se dejó sin efecto la Providencia Administrativa SNAT/2024/000121. Con esto, se elimina la barrera técnica que exigía la homologación previa de sistemas informáticos para la generación de facturas, facilitando el ingreso de nuevos contribuyentes al sistema formal.
Obligaciones y Responsabilidades del Contribuyente
Nota importante: Aunque el RIF no vence, la obligación de mantener la información actualizada ante el Seniat sigue vigente.
- Actualización de datos: Es obligatorio notificar cualquier cambio en el nombre o razón social, domicilio fiscal, representantes legales, accionistas, actividad económica, establecimientos comerciales o condición tributaria. El Seniat conserva la facultad de solicitar actualizaciones digitales en cualquier momento.
- Uso obligatorio del RIF: El número de registro debe incluirse en facturas, contratos, documentos dirigidos a organismos públicos, libros contables, etiquetas, empaques y avisos publicitarios.
- Comprobante digital: Los contribuyentes pueden obtener su comprobante digital a través de las plataformas del Seniat en cualquier momento, siempre que sus datos se encuentren actualizados.
En Venezuela, Modificaciones en el RIF y Facturación: Nuevas Medidas del Seniat Gaceta 43435 was last modified: agosto 17th, 2026 by



