Un tribunal de la provincia argentina de Mendoza, consideró que la convivencia con los suegros causa “daños al espíritu”, según informó este jueves una fuente judicial.
Una mujer inició una demanda contra una notaria que la asesoró mal en la compra de un apartamento y por ello debió mudarse, junto a su marido, a la casa de sus suegros, con quienes convivió durante ocho años.
El proceder de la notaria derivó en “la frustración de la mujer en el acceso a una vivienda familiar (…) determinando que la demandante junto a su esposo vivieran con sus suegros en una casa, propiedad de los progenitores de su pareja” y “todos estos son, sin duda, daños al espíritu”, señaló el fallo de la Sala IV de la Cámara Civil y Comercial de Mendoza.
Sin embargo, el tribunal, aunque confirmó un fallo de primera instancia, determinó una indemnización por daño moral a favor de la demandante por apenas 2.500 pesos, lo que quivale a unos 590 dólares.
“El daño moral es una modificación del espíritu, que no se corresponde exclusivamente con el dolor y que puede tener conmociones espirituales”, señaló el juzgado al fijar el monto de la indemnización.
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