El Banco Central de Venezuela (BCV) emitió una “resolución mediante la cual se reducirá a las instituciones Bancadas que mantienen depositado en el Banco Central de Venezuela un encaje mínimo del diecisiete por ciento (17%) de acuerdo a lo previsto en la Resolución N° 10-10-02 dictada por este Instituto el 26 de octubre de 2010”.
La resolución está contenida en la Gaceta Oficial (GO) 39.705 en circulación el día de hoy.
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