Unidad Tributaria estará anclada al Petro
En un entorno de enormes dificultades financieras, el gobierno aprobó el decreto presidencial N° 4.096 que oficializa el cobro de los servicios y tasas en petros en entidades estatales que pueden manejar divisas, salvo las empresas filiales de Pdvsa y las empresas mixtas del sector hidrocarburos (Artículo 6).
El Artículo 4 prevé que los servicios desconcentrados y entes descentralizados funcionalmente de la República, con o sin fines empresariales que facturen en moneda extranjera contribuciones, tarifas, comisiones, recargos, y precios públicos deberán cobrar estos pagos en PTR. El texto deja claro que esta obligación solo aplica para aquellas tasas y tarifas que sean cobradas en divisas «como moneda única de pago».
Los gremios empresariales han denunciado diversos intentos de utilizar el Petro para incrementar agresivamente los tributos municipales y otras tasas, tarifas y obligaciones.
El ejemplo del estado Miranda se extenderá progresivamente por todo el país con el argumento de incrementar la usabilidad del Petro y la necesidad de ajustar el valor de la Unidad Tributaria, en función de la inflación.
Hay que recordar que la economía venezolana está en recesión desde 2013 y acumula una contracción de 65%, el consumo privado cayó 35% solo en 2019 y se atraviesa una situación de emergencia humanitaria compleja, por lo que estos ajustes desmedidos de tarifas, ahora fluctuantes en función de la variación del Petro, representan una carga onerosa para los ciudadanos y las empresas que aún hacen vida en el país.