El Tribunal Supremo de Justicia convocó a una reunión de la Sala Plena para tratar el antejuicio de mérito solicitado contra la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz.
A través de su cuenta Twitter, el Tribunal anunció que fue convocada esta reunión extraordinaria que tiene como punto único “la solicitud realizada por el diputado Pedro Carreño”.
Artículo 22
Los integrantes del Consejo Moral Republicano serán removidos o removidas de sus cargos por la Asamblea Nacional, previo pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, que declare que hay mérito para su enjuiciamiento en los siguientes casos:
1. Por manifiesta incapacidad física o mental permanente, certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia, con la aprobación de la Asamblea Nacional.
2. Por abandono del cargo, declarado por el Tribunal Supremo de Justicia.
3. Por no cumplir con las obligaciones que les imponen los artículos 274, 275 y 278 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como integrantes del Consejo Moral Republicano, y las demás obligaciones que les impone la ley, por su condición de tal.
4. Por incumplimiento o negligencia manifiesta en el ejercicio de sus atribuciones y deberes.
5. Cuando sus actos públicos atenten contra la respetabilidad del Consejo Moral Republicano y de los órganos que representan, y cometan hechos graves que, sin constituir delitos, pongan en peligro su credibilidad e imparcialidad comprometiendo la dignidad del cargo.
6. Cuando ejerzan influencia directa en la designación de quienes cumplan funciones públicas.
7. Cuando incurran en abuso o exceso de autoridad.
8. Cuando en sus decisiones administrativas incurran en grave e inexcusable error, reconocido en sentencia.
9. Cuando en sus decisiones administrativas hagan constar hechos que no sucedieron o dejen de relacionar los que ocurrieron.
10. Cuando infrinjan alguna de las prohibiciones establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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