La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró constitucional el Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica, presentado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, el pasado 10 de noviembre.
La sentencia establece que el Presidente de la República tiene la potestad de «continuar con la adopción de las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida», reseñó AVN.
La emisión de este decreto responde a «las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el Orden Constitucional, la paz social, la seguridad de la Nación, las Instituciones Públicas y a las ciudadanas y los ciudadanos habitantes de la República», indica nota de prensa del TSJ.
También el Tribunal Supremo declara en dicha sentencia nulo cualquier acto de la Asamblea Nacional “que pretenda desaprobar este decreto” y recordó que resulta “inconstitucionales y nulos todos los actos del Poder Legislativo mientras este se mantenga en situación desacato jurídico frente a las leyes de la República”.