Dicho petitorio fue realizado por el fiscal 20º nacional, Daniel Guédez, ante el Tribunal 25° de Control del Área Metropolitana de Caracas, quien señaló que para divulgar la información se deberá contar con el debido soporte técnico veraz avalado por un organismo competente..
En ese sentido, el representante del Ministerio Público fundamentó su solicitud en los artículos 19 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y los artículos 5 y 17 de la Ley de Aguas.
La norma constitucional refiere que el Estado debe garantizar el goce y ejercicio irrenunciable de los derechos humanos; además del derecho a la información veraz. Mientras que los artículos relacionados con la ley que rige la materia están referidos a los principios de la gestión integral de las aguas y acerca de las regiones hidrográficas.
Vale señalar que el Ministerio Público comisionó al mencionado fiscal para investigar la campaña sobre la presunta contaminación del agua en diversas zonas del territorio nacional.
La investigación fue iniciada por denuncia que formularon los ciudadanos Orlando Antonio Suárez, Jesús Zambrano y Joaquín Trompetero Coronado, quienes solicitaron determinar si dicha campaña constituye delito y, por consiguiente, ejercer las acciones penales correspondientes.
En tal sentido, el Ministerio Público realiza las diligencias necesarias y recaba la información a fin de esclarecer los hechos.
Con información de Ministerio Público