Con la aprobación de la Ley de Regularización y Control de Arrendamiento nacerá la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas y el Sistema de Coordinación Nacional en la materia, para garantizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la norma. El instrumento legal está siendo debatido, artículo por artículo, en la comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN), donde han aprobado 40 dispositivos.
Desde el artículo 2, la ley declara de interés público general, social y colectivo toda materia relacionada con los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda, pensión, habitación o residencia”. En consecuencia, “el Ejecutivo Nacional tomará en esta materia, las medidas que permitan desarrollar las bases y mecanismos que garanticen a todas las familias, y ciudadanos, el goce del derecho humano a una vivienda y hábitat en condiciones dignas, que humanice las relaciones familiares, vecinales, comunitarias y sociales”.
La Superintendencia creará el “Registro Nacional de Arrendamiento de Viviendas, partiendo de un Censo Nacional de relaciones arrendaticias, de actualización permanente”. Este registro será obligatorio para los sujetos de la ley, quienes deberán suministrar “la información que estime pertinente a los fines del ejercicio de sus competencias y, en especial, de las atribuciones de control y fiscalización que le han sido otorgada”.
Revisarán contratos
Todos los contratos de arrendamiento, así sea de una habitación deben ser aprobados por esta superintendencia. “Estableciendo en el registro nacional una base de datos de contratos de arrendamientos”. El ente realizará “inspecciones en las viviendas-edificaciones que estén destinadas al uso del arrendamiento”.
Con la norma se pretende “brindar protección especial por parte del Estado, con la corresponsabilidad de la sociedad, a las familias y personas que viven en condición de inquilinas”. También se “promoverá una política de seguridad social del inquilino, complementario a la política habitacional”. Se establecen “normas específicas para el alquiler en pensiones, habitaciones y residencias estudiantiles que garanticen los derechos de estos sectores en sus particulares condiciones”.
Janet Yucra M.
ESTE ES EL ARTICULADO APROBADO HASTA EL 20 DE JULIO