Súmate considera un delito electoral el hecho de que a través de un video en su portal Web (www.mre.gov.ve) esté remarcando los óvalos en el tarjetón electoral para el Parlatino pertenecientes a las dos opciones asociadas a los candidatos del partido del gobierno nacional: el primero voto lista y el segundo voto nominal indígena.
Es oportuno y reiterativo precisar que nuestro ordenamiento jurídico establece que los “funcionarios públicos están al servicio del Estado y no de parcialidad alguna”, y el mismo enfatiza que “no podrán destinar el uso de los bienes públicos o los recursos que integran el patrimonio público para favorecer a partidos o proyectos políticos”: artículo 145 de la Constitución, el artículo 13 de la Ley Contra la Corrupción, el artículo 75, numeral 13, de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, el artículo 9 del Reglamento Nº 5 en Materia de Control del Financiamiento de Campaña Electoral, y los artículos 5.14, 17, 18 y 19 del Reglamento N° 6 en Materia de Propaganda Electoral.
Ante ello Súmate exhorta al Poder Electoral a aplicar las sanciones administrativas a los funcionarios públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, quienes aseguran están utilizando los bienes y recursos del Estado en la campaña electoral.