A través de un comunicado de prensa, la Organización No Gubernamental Súmate, sentó postura frente a las recientes transmisiones hechas por Sistema Nacional de Medios Públicos en las que el primer mandatario nacional aparece junto a los candidatos del Psuv para las elecciones parlamentarias del 26S. Súmate afirma que este hecho “es una clara utilización de los bienes y recursos del Estado, ya que estos medios de comunicación social son públicos y pertenecen a todos los venezolanos”
Lea el comunicado completo:
La transmisión que realizan VTV, ANTV y ViveTV de la Caravana en la que el Presidente de la República acompaña a los candidatos a diputados del PSUV por el Zulia, es una clara utilización de los bienes y recursos del Estado, ya que estos medios de comunicación social son públicos y pertenecen a todos los venezolanos y no a una parcialidad política, por lo cual violan el artículo 145 de la Constitución de la República, el artículo 13 de la Ley Contra la Corrupción y el artículo 17, numerales.4 y 6, del Reglamento Nº 6 en materia de Propaganda durante la campaña electoral que específicamente prohíbe utilizar bienes públicos a favor de organizaciones políticas.
Artículo 145 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “Los funcionarios públicos y funcionarias públicas están al servicio del Estado y no de parcialidad alguna. Su nombramiento o remoción no podrán estar determinados por la afiliación u orientación política. Quien esté al servicio de los Municipios, de los Estados, de la República y demás personas jurídicas de derecho público o de derecho privado estatales, no podrá celebrar contrato alguno con ellas, ni por sí ni por interpósita persona, ni en representación de otro u otra, salvo las excepciones que establezca la ley.”
Artículo 13 de la Ley Contra la corrupción: “Los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de parcialidad política o económica alguna. En consecuencia, no podrán destinar el uso de los bienes públicos o los recursos que integran el patrimonio público para favorecer a partidos o proyectos políticos, o a intereses económicos particulares”. (subrayado nuestro)
Artículo 17 del Reglamento Nº 6 en materia de Propaganda durante la campaña electoral: “Los funcionarias y funcionarios en general, están al servicio del Estado y no de parcialidad política alguna, en consecuencia, les está prohibido:4- Utilizar o permitir que otra persona utilice bienes del patrimonio público en beneficio de cualquier Organización con Fines Políticos, Grupo de Electoras o Electores, de las comunidades u organizaciones indígenas, o candidatura;
6-Aprovechar las funciones que ejerce, o usar las influencias derivadas de las mismas, para obtener ventaja o beneficio económico u otra utilidad, para cualquier Organización con Fines Políticos, Grupo de Electoras y Electores, comunidades u organizaciones indígenas o candidatura.
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