La resolución, registrada bajo el número 119.10 y publicada en la Gaceta Oficial número 39.388, de fecha 17 de marzo de 2010, deroga la resolución 185.01, publicada por el ente supervisor en el año 2001.
La nueva resolución incluye, por primera vez, normas en materia de control de riesgo sobre el financiamiento al terrorismo, tanto en operaciones relacionadas con fideicomisos como en hoteles y centros de turismo que realicen operaciones de cambio de divisas, así como en almacenes generales de depósitos y operadores cambiarios fronterizos.
Asimismo, la adecuación del instrumento legal señala, de manera específica, las medidas de prevención con relación a los cajeros automáticos y a la banca virtual.
Con esta resolución, Sudeban adquiere mayor precisión en los controles, variables y factores de riesgo en lo que a prevención de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo se refiere.
dp / Reporte360