Así lo establece una providencia publicada en la Gaceta Oficial número 39.699 de fecha del lunes 20 de junio de 2011.
La providencia expresa que esta empresa incurrió en ilícito administrativo de elusión al no cubrir el pago de un siniestro producido a un asegurado quien tenía una póliza de casco de vehículo, aludiendo que el conductor portaba la licencia de conducir vencida en el momento del accidente.
“Este despacho se permite en informar que los supuestos de exoneración de responsabilidad de la empresa aseguradora C.N.A. de Seguros La Previsora, contenidos en el condicionado particular de la póliza de casco de vehículo, no prevén de forma expresa en el texto de la cláusula N° 4 el supuesto de exoneración de responsabilidad por encontrarse vencida la licencia del asegurado o el conductor autorizado por este, al momento de la ocurrencia del siniestro, en consecuencia, no puede utilizarse como causal eximente de responsabilidad por parte de la empresa aseguradora”, especifica la norma.
En ese sentido, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora decidió sancionar a la empresa referida con una multa por la cantidad de 41.300,00, bolívares por haber incurrido en el supuesto de elusión en el cumplimiento de sus obligación en el caso antes mencionado.