El coordinador del Indepabis en este estado, Elvis Hidrobo, indicó que la multa a estas farmacias sobrepasa las 500 unidades tributarias por no poseer habladores de precios en los anaqueles, ni lectores ópticos adecuados a la tabla de regulación, además del incumplimiento de la regulación por parte del Estado y sobreprecio en los productos.
Dos de estas farmacias están ubicadas en Maracay, capital del estado Aragua, y la otra en Villa de Cura, municipio Zamora.
Recordó que el pasado 1 de abril entró en vigencia el ajuste de precio de venta al público de 19 productos de primera necesidad, anunciado por el vicepresidente de la República, Elías Jaua, en febrero de este año.
En el listado figuran los nuevos precios de jugos pasteurizados; compotas; agua mineral; acondicionador para el cabello; jabón de baño en barra y líquido; champú para el cabello; crema dental; suavizante para la ropa; desodorantes en barra, líquido, gel y aerosol; y pañales desechables para bebés tallas P, M, G, XG, XXG.
Asimismo, toallas sanitarias; papel higiénico; máquinas de afeitar desechables de dos, tres y cuatro hojillas; lavaplatos líquido, gel y crema; detergente; cloro; cera para pisos; limpiadores (desinfectantes) y jabones en panela.
Una providencia publicada en Gaceta Oficial número 39.894 de fecha jueves 29 de marzo de 2012, establece que el precio máximo de venta al consumidor final, deberá estar impreso, rotulado, inscrito o marcado en forma indeleble y en un lugar visible en el envase, empaque o envoltorio por el productor o importador.