La Comisión Nacional de Valores derogó los Artículos 59, 60 y 61 referidos a las operaciones de Mutuos Valores y modificó el Artículo 96 referente al nivel de endeudamiento
Caracas, Reporte360- Las casas de bolsa deberán liquidar las operaciones de Mutuos en un lapso no mayor a 90 días desde la publicación el pasado viernes en Gaceta Oficial de dicha resolución.
Según fue publicado en la Gaceta Oficial No. 39.357 del viernes 29 de enero 2010, se derogaron los artículos 59, 60 y 61, contenidos en la sección tercera de las Normas sobre Actividades de Intermediación de Corretaje y Bolsa.
Asimismo se modificó el artículos 96 sobre nivel de endeudamiento de dichos entes financieros, decretándose que el nivel que están en capacidad de asumir las Sociedades de Corretaje y Casas de Bolsa «no podrá exceder de dos veces la relación entre los pasivos financieros directos y el Patrimonio Contable«, del que dispongan las casas.
¿Te gustó este artículo? ¿Quieres recibir notificaciones en tu correo sobre este tema?
¿Quieres emigrar?
Postulate a las ofertas de trabajo disponibles en las mejores ciudades del mundo donde mudarte a vivir y trabajar, visita:
The Best Cities to Live and Work
Comparte en tus redes sociales:
Te recomendamos leer los siguientes contenidos relacionados:
Inversionistas presentan demanda colectiva por entrada en bolsa de FacebookOficializan liquidación de siete Casas de Bolsa
Chávez amenazó con eliminar todas las Casas de Bolsa que operan en el país.
Gobierno frena aparición de nuevos actores en el mercado de valores
Opciones para usuarios:
» Mide tu Velocidad de Internet aquí» Precio del Petróleo y otros Commodities:
» Precio del BITCOIN »
» Precio del DÓLAR
» Calculadora PayPal »
» Consultar el Horóscopo Diario »
» Pronóstico del Tiempo
» Cronograma de Pensiones IVSS 2024
» Buscar Noticias o Artículos
Sigue leyendo los temas más populares: