¿Quiénes podrán firmar y estampar su huella para el 20%?


«Esta semana está signada por las expectativas y persecuciones creadas a partir de la Convocatoria a una protesta No Violenta, realizada por la Mesa de la Unidad Democrática para el 1ero de Septiembre. Pero el Cronograma Electoral y sus eventos derivados no se detienen» afirma el Consultor Político Anibal Sanchez.-

El 24 Agosto, conocimos por parte de el Rector Rondón quien preside la comisión de participación y financiamiento, del Concejo Nacional Electoral ‎»Que se recomendaba la procedencia de convocar a la recolección del 20 % de las Manifestaciones de Electores que avalaran la convocatoria de un Referéndum Revocatorio al Presidente de la República, Nicolás Maduro» de acuerdo al Artículo 72 de la Carta Magna. En sus redes sociales, amplio la información con el que se respetaria el lapso de tiempo ‘tres dias’ para recolección como estipula el Artículo 26 de la norma que rige los referendos; así como que la misma es con la infraestructura Biométrica de el CNE bajo la presencia de Testigos de las opciones y validado por el Corte del Registro Electoral del 30 de Abril del 2016.-

¿Qué significa esto? Nos explica, Sánchez, el especialista en temas políticos electorales‎. La primera etapa del Revocatorio que consistía en constitución de un Grupo de Electores «El cual tiene una acusación pendiente por parte del PSUV la cual ha sido tramitada en el Ministerio Publico, para buscar su cancelación según Art 32 literal D» este proceso se guió por el Registro Electoral de Enero del año en curso; «y trajo inconvenientes en personas inscritas o que cambiaron de datos en la Jornada de Febrero y Marzo, pues el 1% se levanto en Abril» Ahora el paso de registro de firmas y huellas de más del 20% de los electores que apoyan el Revocatorio se constataran contra un Registro de Abril el cual tiene estas variaciones:

• Se excluyen15.659 electores, de estos 2.285 es por la colocación de objeciones, que condicionan sus derechos políticos; mientras que otros 13.374 son con la condición de fallecidos.
• Se incluyeron 9.311 nuevos incritos en su mayoría nuevos votantes; a 1.289 se le levanto la objeción y 3 por corrección de fecha de nacimiento.
• Y Otros movimientos producto de 6.087 actualización de datos de Dirección; 2.532 de datos personales ante el CNE y 42.918 por el Sistema Integrado de Identificación.

Sánchez aclaro esta salida y entrada provocó que el Registro tenga una reducción de 5.056 electores y paso en Abril a 19.792.708.‎ Cifra está que debe ser la considerada para identificar: ¿Donde y en Que Número se deben Ubicar las Máquinas ‎’SAI’ para registrar la Manifestación de Voluntad de estos millones de electores? Al momento de esta planificación por parte de la Junta Nacional Electoral como estipula el Artículo 24 de la Resolución, se deben tomar en cuenta la población convocado y los tiempos operacionales «el analista estima que un elector promedia en Captura/Firma 1,05 Minutos y si se toma como variables el tiempo disponible de 8 horas efectivas en 3 dias una Máquina deberia promediar 1.309 Electores».

A esto se le suma, las consideraciones de ubicación a partir de: ‘Que el Referendun se activará a la figura de un presidente el cual es electo en una circunscripción única nacional’ y que existe una geo-estratificacion del Registro donde se obtienen datos como que existe, unos 50 municipios de los 335 que existen que concentran el (60%) unos 11 millones 789 mil 770 electores‎. Por lo el mayor número de puntos deben estar en los sitios donde habitan el mayor número de electores; y no como lo hicieron para el 1%, pero de no será así debemos estar preparados; ya que algunas de las rectoras del CNE no sólo ha manifestado que la fecha de este evento sea para finales del mes de Octubre, sino que se planifique en función del requerimiento.-

En cuanto a la amenaza de deslegitimar los electores que se agruparon para activar este mecanismo, el requerimiento era 1% y se constató, válido y certificó; en cuanto al procedimiento jurídico ante MP actuar no puede ir en detrimento del art 14 y 20 de la misma Ley de Partidos por lo que no hay cese sin participación, defensa y sentencia firme: y mientras esto ocurre continua su normal funcionamiento, añade Sanchez para finalizar.-

@anibalsanchez


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