PARTIDOS POLÍTICOS RINDIERON CUENTAS AL CNE SOBRE FINANCIAMIENTO EN PARLAMENTARIAS


Caracas, AVN- Un 80% de los partidos políticos rindieron cuentas al Consejo Nacional Electoral sobre su financiamiento durante el proceso electoral de las parlamentarias 2010, realizada el pasado 26 de septiembre. Así lo informó la rectora principal, miembro de la Comisión de Participación Política y Financiamiento, Socorro Hernández, este lunes en la sede el máximo ente comicial.

Hernández resaltó que esto significa un incremento respecto al año 2009, cuando sólo 66% de las organizaciones políticas declararon al CNE la procedencia y movimiento de los recursos empleados durante la campaña electoral.

Señaló que el ente comicial se encuentra estudiando las medidas que tomarán con respecto a aquellas organizaciones con fines políticos que no presentaron su relación de gastos en la jornada electoral pasada.

Los artículos 66 y 69 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (Lope) establecen la responsabilidad del CNE, específicamente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento y la Oficina Nacional de Financiamiento, en la vigilancia «del cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en relación con los fondos y el financiamiento de las campañas electorales de las organizaciones con fines políticos, grupos de electores, asociaciones de ciudadanas o ciudadanos, y de las candidatas o los candidatos por iniciativa propia».

Este instrumento jurídico también establece la función del máximo ente electoral de investigar el origen y destino de los recursos económicos utilizados en las campañas electorales, así como la solicitud de averiguaciones administrativas por las irregularidades que se cometan en los procesos electorales.

Por otra parte, el Reglamento N° 5 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) norma el control del origen, uso y destino de los fondos utilizados para el financiamiento de campañas electorales de las organizaciones con fines políticos, grupos de electoras, comunidades u organizaciones indígenas y candidatos por iniciativa propia, aún por sustitución o modificación de postulaciones.

El artículo establece que las organizaciones, grupos o individualidades que participen en una elección están obligados a designar una persona encargada de las finanzas, quien administrará los recursos destinados a cubrir costos de la campaña electoral y se hará responsable del origen y la licitud de esos fondos del financiamiento.

El artículo 9 del referido reglamento define como fuentes ilegítimas de financiamiento de campañas electorales los recursos provenientes de donaciones o aportes anónimos; donaciones, aportes o subsidios de organismos o entes públicos; compañías extranjeras o con casa matriz en el extranjero; empresas concesionarias de obras o servicios públicos; gobiernos, organismos o personas extranjeras no residentes en el país.

De igual modo, los recursos provenientes de organizaciones nacionales que reciban aportes de organismos o Estados extranjeros; actividades calificadas como ilícitas por el ordenamiento jurídico nacional; fundaciones de carácter público o privado que reciban recursos del Gobierno Nacional o de estados u organismos extranjeros; aportes, contribuciones o donaciones mediante depósitos o transferencias efectuadas a través del sistema financiero o de cualquier otro método que haga difícil o imposible la identificación del contribuyente.3947036c38144e8dda5bc7844479048a


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