La Mesa de Unidad Democrática condenó que el Presidente de la República, “sobrepasando claramente la problemática asociada a los efectos de las lluvias, que fue invocada como fundamento de la Ley Habilitante”, haya dictado un decreto-ley “cargado de parcialidad ideológico-partidista, el cual termina de erigir a las milicias en un cuerpo armado paralelo a la Fuerza Armada Nacional”.
Mediante un comunicado, en el que fijan posición en torno a la reciente reforma de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana –la cual, consideran, atenta gravemente contra la institucionalidad de la Fuerza Armada Nacional–, la Mesa de Unidad Democrática ratificó su posición de defensa y respeto a la Fuerza Armada Nacional tal como está concebida en la Constitución de 1999.
“A través del decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana,* *el Presidente de la República ha roto abiertamente con el discurso articulado para intentar justificar la insólita ley habilitante que solicitó en diciembre de 2010, pues la reforma de algunos aspectos del régimen de la Fuerza Armada Nacional no guarda ninguna relación con los hechos que supuestamente motivaron la sanción de esa ley”,aseguraron.
Consideran preocupante que la reforma legal haya introducido “elementos ideológicos explícitos en la regulación de la Fuerza Armada Nacional”, y aseguraron que eso contradice al principio del pluralismo político, reconocido en los artículos 2 y 6 de la Constitución, así como al diseño constitucional de la Fuerza Armada Nacional, de acuerdo con el cual ésta es una institución “esencialmente profesional, sin militancia política” (art. 328 de la Constitución).
“Lo más grave es que la reforma de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (art. 66) perfila definitivamente a la Milicia como un cuerpo extraño a los componentes constitucionales de la Fuerza Armada Nacional, directamente dependiente del Presidente de la República. Adicionalmente, los integrantes de la Milicia pueden ostentar grado militar, así como manejar armamento militar, al tiempo que no quedan sujetos a las restricciones a la militancia o proselitismo político que los artículos 328 y 330 de la Constitución imponen a los miembros de la Fuerza Armada Nacional. Escapan además a los controles inherentes a la pertenencia a los componentes de la Fuerza Armada Nacional”, explicaron.
Para concluir, aseguraron que esta reforma legal vulnera gravemente la Constitución y la institucionalidad de la Fuerza Armada Nacional, “abriendo las puertas a la legalización de la ideologización de esta institución constitucional y a la conformación de un cuerpo armado paralelo comprometido de manera ideológica e incluso partidista con el Presidente de la República”.
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