Maduro pidió al diputado Elvis Amoroso, informar sobre el avance de la ley, que ya fue aprobada en primera discusión.
“Yo creo que la podríamos aprobar en 15 días”, dijo el parlamentario, a lo que Maduro señaló que, como conocedor de las dinámicas de la AN, sabe que el instrumento podría ser aprobado para este martes. Sin embargo la sesión ordinaria que estaba prevista para el día de hoy, fue postergada por el asueto de la Semana Mayor.
En este sentido la ley que regula la compra y venta de vehículos, nuevos y usados, posee varios aspectos claves que detallamos a continuación.
Puntos claves del proyecto de ley
–El precio de compra y venta sugerido al público, es el que se encuentra establecido por las ensambladoras nacionales e importadas ubicadas en el territorio nacional.
-Queda prohibido ofertar vehículos en medios de comunicación y en páginas web, con valores mayores al precio sugerido.
-Es obligatorio para las ensambladoras e importadoras de vehículos, publicar trimestralmente en un diario de circulación nacional y diariamente en su página de Internet, las listas de precios, así como las características internas y externas del vehículo.
-Las comercializadoras deberán publicar en un lugar visible dentro de sus instalaciones, el orden de las listas de espera. Las mismas deberán actualizarse mensualmente.
-Las ensambladoras estarán obligadas a publicar mensualmente en un diario de circulación nacional y diariamente en su página web, los modelos y cantidades de vehículos entregados a las comercializadoras.
-Las aseguradoras no podrán asegurar los vehículos nuevos o con dos años de uso, por un valor mayor al precio de venta sugerido
-Las comercializadoras no podrán obligar a los compradores la adquisición de los accesorios para los automóviles.
De acuerdo a la exposición de motivos del proyecto de ley, estos son los aspectos más destacados de la norma que busca regularizar el mercado automotor nacional.
1.- La ley contiene 33 artículos y tiene como objetivo regular la compra y venta de carros nuevos importados o ensamblados en el país, así como a los vehículos con dos años de uso en el mercado nacional, contados desde el momento de su fabricación.
2.- La norma también busca regular la recompra y reventa de vehículos nuevos y usados con hasta dos años de fabricación.
3.- La ley contempla la creación de una Comisión Mixta de Precios, encargada de regular los precios de la compra y venta de los vehículos, tomando en cuenta variables como divisas otorgadas por Cadivi, costos, tributos y ganancias.
4.- Se contempla prohibir a toda persona natural o jurídica de ofertar en páginas web y medios de comunicación “vehículos automotores con valores mayores a los precios de venta sugeridos para las marcas y modelos que corresponden al último año”.
5.- Toda notaría o registro, deberán informar cada 6 meses al Indepabis los datos del comprador, el vendedor y el precio de la transacción de los vehículos con hasta dos años de uso.
6.-Las ensambladoras e importadoras de los vehículos deberán publicar la lista de precios sugeridos de los carros así como sus características internas y externas.
7.- Por su parte, las comercializadoras están obligadas a publicar la lista de espera de los compradores de vehículos en un lugar visible dentro de sus instalaciones.
8.- Las aseguradoras no podrán cubrir los vehículos nuevos o con hasta dos años de uso, por un valor mayor al precio de venta sugerido.
9.-Las agencias tampoco podrán obligar ni ofrecer la compra de accesorios para los vehículos.
10.-Como disposiciones transitorias, el anteproyecto prevé mantener en vigencia los precios de venta de carros sugeridos en el primer semestre de 2009. También obliga a las comercializadoras a devolver el dinero en un lapso de seis meses, en carros vendidos por encima del precio de venta sugerido.