Debido a que la Comisión Nacional de Telecomunicaciones podrá requerir la homologación de equipos que aunque no estén destinados específicamente a prestar servicios de telecomunicaciones, por su naturaleza, pueden ocasionar Interferencias a éstos.
Todos los equipos de telecomunicaciones que cumplan con los requisitos establecida en ella, serán incluidos en la lista de marcas y modelos homologados y que la misma será actualizada periódicamente en el portal de esta Comisión Nacional de Telecomunicaciones en Internet y publicada anualmente en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, según lo indica la Resolución N° 253, de fecha 04 de abril de 2003, contentiva de la lista de entes u organismos extranjeros recomendados para la homologación y certificación de equipos de telecomunicaciones, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.698 de fecha 27 de mayo de 2003, establece que aquellos.