La resolución del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (MIJ) apareció publicada en la Gaceta Oficial número 39.627 del miércoles 2 de marzo de 2011 y destaca que el plan tiene como finalidad “garantizar la vida y el bienestar de las personas y sus propiedades, así como la preservación del ambiente ante cualquier situación que implique amenaza, vulnerabilidad o riesgo durante los períodos festivos de asueto”.
La normativa contempla que las restricciones para la distribución, expendio y consumo de bebidas alcohólicas serán entre los días 4 y 8 de marzo de este año.
Los supermercados, distribuidores y afines podrán vender licor en un horario comprendido desde las 11:00 de la mañana hasta las 7:00 de la noche entre el 4 y 7 de marzo.
Las tascas, restaurantes, bares, espectáculos públicos, discotecas y afine, estarán autorizadas para expender bebidas alcohólicas desde las 12:00 del mediodía hasta la medianoche entre los días 4 y 7 de marzo.
El día 8 de marzo quedará prohibida la venta de licor en cualquier local de distribución y expendio de bebidas antes mencionado.
De acuerdo con la resolución los horarios deberán ser respetados y en caso de que los comercios incurran en desacato e inobservancia “quedarán sujetos a las sanciones correspondientes, impuestas por las respectivas autoridades municipales”, por lo cual se insta a los funcionarios de los órganos correspondientes a adoptar las medidas necesarias para velar por el cumplimiento de la ley.