Representantes legales de la ONG Transparencia Venezuela acudieron a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a los fines de interponer un Recurso de Abstención o Carencia (demanda) contra el presidente del Banco Central de Venezuela (BCV), Nelson José Merentes, debido al incumplimiento de la obligación de rendición de cuentas establecida en el artículo 319 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dicho artículo señala que “el Banco Central de Venezuela se regirá por el principio de responsabilidad pública, a cuyo efecto rendirá cuenta de las actuaciones, metas y resultados de sus políticas ante la Asamblea Nacional, de acuerdo con la ley. También rendirá informes periódicos sobre el comportamiento de las variables macroeconómicas del país y sobre los demás asuntos que se le soliciten e incluirá los análisis que permitan su evaluación (…)”.
De igual forma, el mecanismo legal se sustenta en la opacidad generada por la no publicación de las principales estadísticas económicas del país de enero a julio de este año, lo cual asegura vulnera los artículos 7, que hace referencia al adecuado cumplimiento del objetivo del BCV, numerales 13 (acopiar, producir y publicar las principales estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias, de precios y balanzas de pagos) y 31 que hace referencia a la transparencia como principio de la institución, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela.
En consecuencia, el BCV “…debe mantener informado, de manera oportuna y confiable al Ejecutivo Nacional y demás instancias del Estado, a los agentes económicos públicos y privados, nacionales y extranjeros y a la población acerca de la ejecución de sus políticas, las decisiones y acuerdos de su Directorio, los informes, publicaciones, investigaciones, así como de las estadísticas pertinentes de acuerdo con prácticas aceptadas por la banca central, que permitan disponer de la mejor información sobre la evolución de la economía venezolana(…)”.
El recurso lo plantea Transparencia Venezuela, “en su carácter de asociación civil, cuyo interés principal es la correcta y transparente aplicación del ordenamiento jurídico en el país, pretendiendo así, la defensa de los principios constitucionales de justicia, rendición de cuentas y transparencia, toda vez que desde que inició este año 2015 el BCV no ha publicado información sobre las principales estadísticas económicas del país”, explica el documento.
La ONG destaca que el Banco Central de Venezuela no ha publicado información a través del portal oficial www.bcv.gob.ve, sobre el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) desde 2014, mientras que la Balanza de Pagos se encuentra hasta el tercer trimestre de 2014 al igual que el Producto Interno Bruto (PIB) y el Índice de Escasez, del cual solo se presentan algunos informes hasta febrero 2014; variables que asegura, son vitales para tener un diagnóstico de la economía.
“Cuando los agentes económicos que hacen vida en el país desconocen los indicadores económicos actúan de alguna forma a ciegas y con desconcierto y este comportamiento genera estragos en la economía que se pueden evidenciar, por ejemplo, en la distorsión que se genera cuando las expectativas de inflación son cada vez más altas y la búsqueda insaciable de divisas en el denominado mercado paralelo a cualquier precio. Asimismo la publicación de estos índices vela por la estabilidad de los precios, una mayor eficiencia y un crecimiento a largo plazo de la economía, logrando así el diseño de políticas económicas reales que ayudan a mejorar la capacidad productiva del país”, asegura Transparencia Venezuela en el citado texto legal.
La ONG resalta que esta situación ha sido denunciada a través de los medios de comunicación, pues atenta contra “el derecho de acceso a la información, como requisito indispensable para el funcionamiento mismo de la democracia y de la mayor transparencia y buena gestión pública”.
Por último, Transparencia Venezuela solicita al TSJ que se le ordene a Merentes cumplir con lo establecido en la Carta Magna, haciendo de acceso público los informes periódicos sobre el comportamiento de las principales estadísticas económicas del país en la página web oficial del Banco Central de Venezuela.
Ver el recurso introducido en el TSJ