El fiscal 20° nacional, Daniel Guédez, imputó al funcionario en su despacho, ubicado en la sede el Ministerio Público en la avenida Urdaneta, por presuntamente incurrir en el delito de interrupción del servicio eléctrico, previsto en el artículo 109 de la Ley Orgánica del Sistema de Servicio Eléctrico.
Dicho artículo establece que “quien de manera intencional ocasione la interrupción del servicio eléctrico en todo o en parte del territorio nacional, será penado o penada con prisión de cuatro a ocho años”.
En tal sentido, este empleado de Corpoelec adquirió todos los derechos consagrados en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo establecido en los artículos 124, 125, 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), que le permiten solicitar y evacuar pruebas y diligencias.
Peña Ñañez, en compañía de Hugo Alberto Aguilar Cáceres, quien será imputado este viernes 17 de junio, eran los encargados de supervisar a través de computadoras y paneles de control, el correcto balanceo de tensión en las líneas eléctricas para que las mismas no colapsaran y, por consiguiente, se suspendiera el servicio de electricidad.
Sin embargo, el día precitado, aparentemente, ambos dejaron de realizar las maniobras necesarias para evitar las caídas de las líneas que alimentan al estado Yaracuy; Mérida; al complejo petroquímico de El Tablazo (Zulia); Planta Centro (Falcón); Cabruta y la población El Sombrero (Guárico); y la planta turboeléctrica Josefa Camejo, ubicada en la Península de Paraguaná, en el estado Falcón.
El suministro de electricidad se vio interrumpido en dichas regiones federales entre una y seis horas, causando daños materiales en algunos estados.
Cabe resaltar, que el Ministerio Público inició la investigación tras una solicitud del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin).
Nota de prensa