La sentencia fue dictada el día 7 de octubre de 2010. Si el Banco Santander opta por apelar deberá cumplir la sentencia para que la apelación pueda ser oída, de modo que el triunfo del Banco Occidental de Descuento se materializará prácticamente de inmediato.
Como es del conocimiento público, el día 16 de junio de 2008 el BOD y el Banco Santander firmaron en Madrid un contrato de escrow dirigido a garantizar la adquisición del Banco de Venezuela por parte del BOD, a cuyo efecto éste entregó al Banco Santander la cantidad indicada para asegurar la operación de compraventa.
El cierre de la operación debía tener lugar en Madrid el 4 de julio de 2008, pero el Ministerio de Finanzas dictó el día 18 de junio la Resolución 2079 que sometía a autorización previa la desincorporación de notas estructuradas en poder de la Banca. El BOD solicitó tal autorización y la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras no sólo no aprobó el plan de desincorporación sino que negó, expresamente, la adquisición del Banco de Venezuela por parte del BOD.
Como se recordará el Gobierno Nacional manifestaría después su interés en adquirir el Banco de Venezuela, lo cual se concretó oportunamente.
El Banco Occidental de Descuento hizo gestiones amistosas con el Banco Santander, específicamente con su presidente, el Sr Emilio Botín, para que le fuera devuelta la garantía que había entregado de buena fe. Esas gestiones resultaron infructuosas, por lo cual hubo necesidad de presentar demanda en mayo del año 2009.
Contestada la demanda, realizada la audiencia previa, presentadas y evacuadas las pruebas el día 16 de septiembre de 2010, la juez acaba de dictar sentencia, declarando que el BOD estuvo impedido de adquirir las acciones del Banco de Venezuela como consecuencia de un acontecimiento sobrevenido que no le es imputable.
El BOD estuvo representado en el juicio en España por el despacho de abogado Gómez-Acebo & Pombo. El equipo de abogados venezolanos estuvo integrado por Alfredo Morles Hernández, Pedro Rendón Oropeza y Ramón José Medina. Como testigos expertos actuaron en el juicio por el BOD los Profesores José Mélich Orsini, Gonzalo Pérez Luciani y Luis Fraga Pittaluga.