Las familias que serán beneficiadas de estos financiamientos serán aquellas que devengan ingresos mensuales de hasta cinco salarios mínimos, lo que equivale a 6.120 bolívares, por lo tanto, no todos los grupos tendrán acceso a este tipo de préstamo.
Esas modalidades de financiamiento tendrán tasas preferenciales que van desde 1,4% hasta 4,66% y en las cuotas mensuales las personas solamente comprometerán hasta 20% de sus ingresos.
Según la norma del despacho de la Vivienda, los préstamos para remodelaciones serán distribuidos en 60 cuotas, los créditos para ampliaciones en 120 pagos mensuales y los financiamientos para autoconstrucción serán divididos en 180 giros.
En la normativa el despacho de la Vivienda notifica que esos préstamos se otorgarán a través del Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda y el Fondo de Aportes del Sector Público, que son los mecanismos previstos en la Ley del Régimen de Vivienda para los financiamientos, y mediante la cartera hipotecaria obligatoria de la banca. Las autoridades el pasado mes de mayo ya le ordenaron a las instituciones que de la gaveta (que representa 10% de la cartera total) una parte debe ser para remodelaciones y ampliaciones y otra para la autoconstrucción.
El Ejecutivo nacional contempla la entrega de subsidios directos en estas modalidades de créditos, pero los mismos serán para aquellos que devengan hasta 3.674 bolívares, no todos percibirán ese beneficio.
Vía EL NACIONAL