La recién promulgada Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadores establece que el pago mínimo de las utilidades será de 30 días, lo que dobla lo contemplado en la anterior legislación de 1997.
En el caso de los trabajadores que no reciban utilidades sino bonificación de fin de año, se fija un plazo de 30 días para el pago del mismo.
El bono vacacional será de 15 días más un día adicional por cada año de servicio, hasta un total de 30 días, lo cual representa 8 días más que en la vieja LOT, donde se otorgaban sólo 7 días más uno adicional por cada año de servicio, hasta un total de 21 días.
De igual forma, se reduce el período de prueba a un mes. En la legislación anterior se establecían tres meses de prueba antes de gozar de estabilidad laboral.