De acuerdo con una resolución conjunta entre los Ministerios para el Comercio, Alimentación, salud, Industrias y Turismo, los referidos establecimientos deberá exhibir en un lugar visible y de fácil localización, en la entrada y dentro del local, la lista de precios de los productos y servicios que allí se ofrecen, con su respectiva discriminación del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Dichos precios deberán ser notificados al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis) y no se podrá cobrar por encima de estos valores.
En caso de que los establecimientos de alimentos y bebidas operen bajo las modalidades de buffet, rodizio, por peso o cualquier otra, deberán especificar en su lista de precios y servicios, de manera clara, qué alimentos y bebidas se incluyen en su servicio, a fin de evitar ofertas engañosas.
YVKE