En Venezuela: Exoneran del ISLR a las personas naturales con ingresos inferiores a tres salarios mínimos

SENIAT

Debido a la situación de emergencia nacional generada por la pandemia mundial del coronavirus COVID-19, se ha publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.523,  la exoneración del Impuesto sobre la Renta (ISLR) para personas naturales, cuyo ingreso o salario no exceda los tres salarios mínimos vigentes al 31 de diciembre de 2019; es decir, 450.000 bolívares mensuales.

El artículo 2 del decreto señala que aquellas personas naturales que hayan pagado parcial o totalmente la alícuota correspondiente de ISLR tendrán derecho a solicitar créditos fiscales contra el monto acreditado a la administración tributaria. Estos créditos serán validados para períodos impositivos posteriores.

La medida -se entiende- aplica a los enriquecimientos gravables obtenidos durante el año fiscal 2019.

La norma está contenida en el Decreto N° 4.171, fechado el pasado 2 de abril. La medida aplica a contribuyentes residentes en el país, y se basa en la declaratoria del estado de alarma nacional por la pandemia del coronavirus Covid-19.

En los considerando se señala que la intención es proteger a los venezolanos de los efectos económicos que puede tener la pandemia, en un contexto de paralización del aparato productivo interno como resultado de la cuarentena social para cortar la cadena de contagio del coronavirus.

Los gremios empresariales, especialmente los de aquellos sectores considerados estratégicos, tanto para enfrentar la emergencia sanitaria como para dinamizar la economía, siguen esperando que el gobierno de Nicolás Maduro otorgue alguna medida que alivie la carga impositiva.

El ejecutivo chavista no ha presentado un plan económico integral para manejar la situación de crisis y sus consecuencias económicas, por lo que las medidas han salido a cuentagotas. En este caso, la disposición se anuncia cuando los contribuyentes están declarando y pagando, con un plazo vencido el pasado 31 de marzo.

Además, como la administración decidió no aplicar el incremento de 2.900% de la Unidad Tributaria en este período de recaudación, la base de contribuyentes alcanzaba a personas naturales con ingresos mínimos.


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