Según la resolución, esta medida aplica a las licorerías, supermercados, abastos, restaurantes y sitios afines con permisología para el expendio de licor.
El porte de armas también es contemplado en la resolución emanada por el Ministerio de Interior y Justicia y el Ministerio de la Defensa y la prohibición tendrá los mismos horarios que la venta de licor.
Al igual que en oportunidades anteriores, quedan exentos los miembros de la Fuerza Armada Nacional, los funcionarios policiales en servicio y miembros de organos de seguridad ciudadana, así como del Estado, cumpliendo funciones bajo la autorización del Comando Estratégico Operacional de FAN (Ceofan).
El documento también reseña la restricción de reuniones públicas, concentraciones de personas o cualquier otro acto similar que pueda afectar el acto electoral.
Con información de Globovisión