La Superintendencia Nacional de Costos y Precios, mediante la Resolución N° 059, publicada en la Gaceta Oficial 39.894, fija en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, el Precio Máximo de Venta del Productor y/o Importador (PMVPI), el Precio Máximo de Venta del Distribuidor Mayorista (PMVDMA), el Precio Máximo de Venta del Distribuidor Minorista (PMVDMI), cuando corresponda, y el Precio Máximo de Venta al Público o Consumidor Final (PMVP), de distintos productos alimenticios, de higiene del hogar y para el aseo personal.
Algunos de los productos afectados por esta Resolución son, las Compotas, Agua Mineral, Enjuague para el Cabello, Jabón de Baño, en Barra, Jabón de Baño, Liquido, Champú para el Cabello, Crema Dental, Papel Higiénico, Máquinas de Afeitar, Pañales, Lavaplatos, entre otros productos