De igual manera, el ajuste de la escala de sueldos para cargos de funcionarios públicos de carrera y obreros de la administración pública, junto a la reforma de la Ley de Alimentación para los Trabajadores.
El decreto 8.167 publicado en la Gaceta Oficial número 39.660 contempla la obligatoriedad del nuevo incremento salarial que en un primer momento consta de 15% (de 1.223,89 a 1407,47 bolívares mensuales) y a partir del 1 de septiembre, se elevará 10% más (1.548,22 bolívares).
Este monto también se fija como el mínimo para las pensiones de los jubilados de la administración pública y del Instituto Venezolano del seguro Social.
La medida también recae en los aprendices, cuyas condiciones serán iguales a la de los demás trabajadores.
El decreto 8.168 oficializa el ajuste del sistema de remuneraciones de los empleados y obreros de la administración pública
En el caso de los funcionarios públicos de carrera se aplicará en dos fases. La primera a partir del primero de mayo de 2011 y la segunda desde el primero de septiembre del mismo año.
Para los funcionarios públicos la escala tiene ocho grados: tres para bachilleres (BI, BII, BIII), dos para técnicos (TI, TII) y tres para profesionales universitarios (PI, PII, PIII). Cada uno de estos grados consta de siete niveles.
Están excluidos de la aplicación del presente decreto los funcionarios y empleados al servicio de los entes u órganos de la administración pública con sistemas de remuneraciones especiales o diferentes.
En el caso de los obreros de la administración pública el tabulador establece un mínimo y un máximo en el que se ubica el salario básico de acuerdo al grado que le corresponda.
Consta de diez grados: cuatro para obreros no calificados, cuatro para obreros calificados y dos para supervisores.
Para el ajuste de la escala, tabulador y el incremento del salario mínimo, el Gobierno Nacional invertirá más de 12 mil millones de bolívares.
Este miércoles salió la Gaceta Oficial 39.660, que contiene los decretos 8.166 y 8.167 donde se estipula el aumento salarial mínimo un 25% tanto al sector público como el privado, así como el otorgamiento de cesta tickets para los trabajadores y trabajadoras de estos sectores.
Revise la Gaceta Oficial de este miércoles.
AVN