El ente regulador recalcó que constituye un ilícito formal presentar fuera del lapso declaraciones de los tributos, o hacerlas de manera incompleta o en lugares y formularios no autorizados.
“Constituye ilícito material la falta de pago de los tributos determinados. Estos ilícitos pueden ser sancionados con multas e intereses de mora de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Tributario», agregó.
Conatel recuerda que para mayor información respecto a las obligaciones tributarias, establecidos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y en la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, pueden visitar la página www.conatel.gob.ve
También está a la disposición de los operadores contribuyentes los teléfonos (0212) 909-05-83, 909-46-87, 909-04-56 al 04-59 o el correo electrónico: recaudacion@conatel.gob.ve