Esta capacidad que poseen los bancos para aumentar la cantidad de dinero que circula en la economía o lo que es lo mismo la oferta monetaria en poder del público, es regulada por el Banco Central de Venezuela (BCV), a través de los instrumentos de política monetaria. Antes de entrar a analizar estos instrumentos veamos un ejemplo de cómo se crea el dinero.
Cuando el banco acredita un préstamo a la cuenta de un cliente, automáticamente crea un dinero que no existía y que solo podrá recuperarlo una vez este venza y se cancele. El cliente por su parte puede disponer del dinero prestado o acreditado el cual se suma a la masa monetaria: digamos que el Banco A le otorga un crédito de Bs. 10 MM a un cliente y, este último le paga con cheque a su proveedor el cual cobra el cheque y deposita el efectivo en el Banco B. Si el Encaje Legal establecido por el Banco Central es por ejemplo del 10% de los depósitos, el Banco B habrá incrementado su capacidad de otorgar crédito en Bs. 9 MM, más la capacidad de estos fondos en continuar multiplicándose en forma de créditos y luego en depósitos hasta agotarse su límite. Esto se denomina Efecto o Factor Multiplicador.
Veamos a continuación cuales son las herramientas de las que dispone el Banco Central de Venezuela enmarcados en la ley que los rige, para ejercer un efecto directo sobre la cantidad de dinero en la economía y la actividad crediticia de los bancos:
a) Operaciones de Crédito. El Banco Central de Venezuela (BCV) o instituto emisor, está facultado por ley a otorgar créditos a instituciones bancarias por un plazo de hasta 30 días pudiendo llegar hasta 90 días, prorrogable por una sola vez, con garantía de títulos de crédito relacionados con operaciones de legítimo carácter comercial. Esta política usualmente se utiliza cuando un banco por ejemplo tiene problemas de liquidez, lo que le dificulta atender el retiro de depósitos o poder cumplir con la demanda de créditos de la clientela. Ejemplo sobre este punto se da en las épocas de mayor actividad crediticia para el sector agrícola y en las que el BCV, a través de las operaciones de créditos señaladas le inyecta mayor liquidez a los bancos, para que puedan atender dichos requerimientos, aumentado de esta manera los bancos su potencial para incrementar la cantidad de dinero que circula en la economía.
b) Encaje Legal. Es el porcentaje de las captaciones que las instituciones bancarias deben mantener congelado en sus cuentas de depósitos en el instituto emisor, como resultado de las decisiones que tome el directorio del BCV. Si el Banco Central desea frenar el crecimiento del crédito, puede hacerlo incrementando el encaje Legal, lo cual a su vez reduce el efecto multiplicador y si desea estimular el crecimiento del crédito, disminuye el encaje con lo que aumenta el factor multiplicador. Por ejemplo, el BCV decidió recientemente disminuir el Encaje Legal al 14%, con la finalidad de dinamizar una mayor actividad crediticia hacia el sector hipotecario. Como se puede ver, el Encaje Legal es una herramienta que tiene el Banco Central para aumentar o disminuir la masa monetaria.
c) Operaciones de Mercado Abierto. Están referidas a las compras o ventas por el BCV a las instituciones bancarias, de bonos, letras del tesoro y cualquier otro título de la deuda pública emitido o no por el BCV, con la finalidad de reducir o aumentar el nivel de reservas bancarias. Usualmente estas compras son con pacto de recompra.
Cuando el BCV, compra instrumentos de los señalados en las operaciones de mercado abierto, lo que hace es producir un incremento en las reservas de los bancos, creándole expansión para otorgar créditos. En sentido contrario, cuando el BCV vende estos instrumentos o títulos se produce una reducción en el monto de las reservas de los bancos, lo que reduce su capacidad para otorgar créditos. Cuando el BCV compra bonos o cualquier tipo de instrumento de deuda pública inyecta liquidez a los bancos aumentando las reservas y cuando vende lo que hace es retirarle dinero disminuyendo las reservas a los bancos.