Tal como lo establece el cronograma del Consejo Nacional Electoral (CNE), los candidatos de las diferentes opciones políticas que aspiren al cargo de gobernador de los estados Guárico y Amazonas o al de alcalde en alguno de los 11 municipios que van a comicios, tienen hasta el 2 de diciembre, es decir, un lapso de 10 días, para promocionar sus propuestas políticas.
Tal como lo señaló en días pasado Tania D’Amelio, rectora principal del ente comicial, la campaña, así como todos los procesos de la jornada electoral de diciembre, están regidos por los reglamentos de la Ley Orgánica de Procesos Electorales aprobados durante el proceso para las parlamentarias del 26 de septiembre pasado.
En este sentido, el reglamento Nº 6, que regula todo lo relacionado con la propaganda durante la campaña electoral, establece la prohibición de hacer campaña electoral, sin Registro de Información Fiscal (RIF), fuera del lapso de la campaña electoral establecido por el CNE; difundir propaganda anónima que atente contra el honor, vida privada, intimidad, imagen, reputación de las personas; promueva la desobediencia de las leyes.
Asimismo, está prohibido emitir propaganda electoral que contenga expresiones obscenas y denigrantes contra los órganos y entes del Poder Público, instituciones y funcionarios públicos; sea financiada con fondos públicos distintos a los previstos en la ley o por fondos de origen extranjero.