«Los operadores de valores autorizados por Ley de Mercado de Valores, tendrán 180 días continuos a partir de la entrada en vigencia de dicha Ley, para proceder a desincorporar de portafolio para comercialización, portafolio de inversión para comercialización y portafolio de inversión cartera de inversión los títulos de deuda pública nacional», señala el instructivo.
Según publicación del diario El Mundo, Economía y Negocio, la Ley de Mercado de Valores entró en vigencia el pasado mes de agosto, lo que implica que las casas de bolsa les resta un plazo de unos tres meses para cumplir con la exigencia de la Superintendencia.
Este instructivo contiene el procedimiento para cumplir con la resolución que la Sunaval emitió la semana pasada para obligar a los operadores de valores a «desincorporar» de sus portafolios los bonos emitidos por el Estado o algún ente público.