La Constitución es un conjunto de normas que la Humanidad inventó específicamente para proteger los seres humanos frente al Estado, el más temible depredador cuando anda por la libre. Georg Jellinek escribió que era la jaula que encerraba a la fiera del poder. Esas mismas normas generalmente establecen la anatomía y la fisiología de las instituciones, cuáles son sus órganos y cómo han de funcionar. Fijan límites hasta donde Leviatán no debe dar un paso más porque peligran los derechos a la vida, la privacidad, la propiedad y la libertad. Así el término “dictadura constitucional” de los años cincuenta es un contrasentido y los gobiernos son dictaduras precisamente cuando pueden disponer de la vida, libertad y propiedad de la gente, porque no hay Constitución. Las constituciones son reglas que las sociedades sanas no deben implantar por mayoría sino por consenso.
La mejor Constitución que tuvo Venezuela, la de 1961, asesorada y escrita por brillantes juristas españoles asilados aquí para la época, fue producto del consenso entre las fuerzas políticas y sociales. Con el mismo fin las constituciones de las grandes democracias solo se pueden aprobar, reformar y enmendar a través de un complicado mecanismo que incorpora mayorías calificadas de los parlamentos, las legislaturas regionales y los municipios –así era la de 1961– un amplio acuerdo horizontal y vertical. El sentido es claro: impedir que un demagogo mayoritario pueda pasar por encima de las minorías y aplastarlas. Incluso, autores tan diferentes como Montesquieu, Hayek y Rawls no contemplan que los derechos esenciales se sometan a mayorías electorales, sino al acuerdo entre mayorías y minorías.
El demagogo peligroso
Hitler, con su facultad para enloquecer a los alemanes, podía hacer la Constitución que le diera la gana, hasta el extremo de que un pensador de la talla de Karl Schmith no tuvo pudor para escribir que el poder constituyente en Alemania era el fuhrer que encarnaba la voluntad del pueblo, –como Fidel la de Cuba. La de EEUU elaborada en la Convención de Filadelfia, concilió intereses antagónicos del Estado Federal naciente contra los estados, los estados grandes contra los pequeños; y los choques multidireccionales entre el Estado Federal, los estados, los municipios, y el corazón de la sociedad libre: los derechos de los seres humanos individuales. Así creó la obra de ingeniería política más admirable de la Humanidad. Fue la obra cumbre de un hombre cumbre, George Washington, y suya la creación del Senado en sentido actual. En la Convención se presentó una crisis que casi hundió el proyecto constitucional.
Varios estados estuvieron a punto de retirarse porque según el diseño presentado, para integrar la Cámara de Representantes cada estado escogería un número de diputados correspondiente al volumen poblacional, lo que aplastaría los estados pequeños: Virginia elegiría veinticinco, por ejemplo, mientras Rhode Island tendría uno solo. Washington ideó entonces la Cámara Federal, el Senado, en la que todos tendrían por igual dos senadores, y que sería política y administrativamente la instancia superior. Controlaría la gestión de la Cámara de Representantes y daría el visto bueno o no a las leyes que vinieran de ella. Los senadores se elegirían por ocho años mientras los representantes lo serían por cuatro años. Así superó el impase, pese a que nunca disertó en las plenarias –habló diez minutos en la clausura– desayunaba con las delegaciones por separado para discutir con ellas.
La amenaza Constituyente
De allí su conocida anécdota. Vertió café hirviendo en el plato, mientras comentaba “…el café viene caliente de los representantes. El Senado lo enfría”. Un siglo después el poder constituyente recorrió el mundo para devorar el orden anterior y crear una nueva sociedad. En el XX el golpismo latinoamericano lo descubrió y más reciente, los marxistas. Antonio Negri, el teórico terrorista italiano de Brigadas Rojas –huésped bolivariano– descubrió que “el poder constituyente es la revolución”, y tuvimos el proceso en Venezuela, Bolivia y Ecuador. El espantajo constituyente se convirtió en una amenaza democrática a la democracia y al orden establecido, tal como lo vivimos, y por eso ninguna Constitución decente contiene semejante sífilis política que pone de nuevo en manos de mayorías momentáneas caudillos el destino de los Derechos Fundamentales. Pero los demagogos embriagados de popularidad dejan colar un error.
Desde la Edad Media se acepta el derecho a la rebelión, como reza en la Declaración de Independencia de EEUU y en las constituciones francesa y alemana entre muchas otras, aquí llamado 350: todo ciudadano, civil o militar está obligado a restablecer por la fuerza la Constitución si el Estado la viola. Es un principio que desprevenidos confunden con la realidad, y que en la práctica sirve solo para legitimar una acción, pero no la realiza, ni otorga la fuerza para hacerlo (algunos creían que al “aplicarlo” el gobierno “se iba”). Lo imaginan como una trompeta de Jericó cuyo solo sonido derrumba las murallas, una invocación sobrenatural. Incluso, una vez que la fuerza actúa, los políticos son los que califican: para la OEA de entonces, las caídas de Zelaya en Honduras y Lugo en Paraguay fueron golpes de Estado, pero hoy seguramente las evaluarían como rebeliones constitucionales.
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