En esta normativa se informa de las nuevas tasas que se aplicarán a la relación de trabajo, para la adquisición de vehículos bajo la modalidad Cuota Balón, para las operaciones con tarjetas de crédito y tasas para operaciones crediticias destinadas al sector turismo.
Estas son las tasas publicadas:
* Tasas de interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo: tasa activa 16,38%; y tasa promedio entre la pasiva y la activa 15,44%.
* Tasa de interés para adquisición de vehículos: modalidad “cuota balón”: 16,38%.
* Tasa de interés para operaciones con tarjetas de crédito: tasa activa máxima anual 29%; tasa activa mínima anual 17%; tasa de interés máxima que podrían cobrar las instituciones 3% anual adicional a la tasa máxima anual y la mínima anual.
* Tasa de interés para operaciones crediticias destinadas al sector turismo:tasa activa máxima 9,91%.