La Gaceta explica que el sueldo básico, establecido en el decreto presidencial, se encuentran incluidos en los ajustes realizados por incremento de Salario Mínimo Nacional Obligatorio.
A su vez, se excluye del decreto a los funcionarios, tanto empleados como obreros, que perciban una escala salarial con remuneraciones especiales en distintas escalas a las allí establecidas.
Por otra parte, no aplica la resolución a las personas contratadas de la Administración Pública Nacional y las contratadas para asesorías, consultas o actividades especializadas.