Para ello los usuarios disponen de un lapso de 60 días continuos, comprendido entre el 3 de enero y el 3 de marzo del próximo año, ambas fechas inclusive, lapso en el cual deben ingresar directamente al portal de la Institución (www.cadivi.gob.ve) a través del módulo «*Usuarios Registrados*», reseña una nota de Cadivi.
Para esta actualización se exigen como recaudos copia de la cédula de identidad del representante legal; copia del pasaporte vigente del representante legal, cuando corresponda; copia del documento autenticado o registrado en el cual conste la representación legal; copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) actualizado.
Además, copia del Acta Constitutiva y Estatutos Sociales y de su última modificación, cuando corresponda, debidamente registrados; copia del documento de propiedad, arrendamiento y uso o usufructo del inmueble correspondiente a su dirección principal.
Cadivi solicita también el original de los estados financieros correspondientes al último ejercicio económico (2009), auditados por contador público colegiado con sus notas complementarias y debidamente visados por el Colegio de Contadores Públicos.
Cuando se trate de usuarios con un tiempo de constitución menor a un año deberán presentar original del balance de apertura; copia del documento de registro o autorización ante el organismo público encargado de la supervisión y control de la actividad desarrollada por el usuario.
Igualmente, copia de las declaraciones y pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los tres últimos períodos impositivos; copia de las declaraciones y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) de los tres últimos ejercicios fiscales.
También copia de las solvencias vigentes o de la constancia de no afiliación de ser el caso, emitidas por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS); el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (Inces) y del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (Faov).
Debe anexar asimismo copia de la Solvencia Laboral vigente emitida por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Trabajo y de la solvencia municipal, expedida por la Alcaldía correspondiente y cualquier otro documento requerido por la administración en relación a la solicitud de inscripción.
Se exceptúa del cumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados anteriormente, a las personas jurídicas que de conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable, no estuvieren obligadas a ello.
Asimismo, se informa a los usuarios y las usuarias que deben preparar todos los recaudos a solicitar y consignarlos a través del operador cambiario autorizado, una vez entre en vigencia la providencia Nº 106 mediante la cual se establecen los requisitos y el trámite para la solicitud de inscripción o actualización de datos en el registro de usuarios del Rusad, el próximo 3 de enero de 2011.